Chapeau!!!
La recentísima Sentencia 147/2020 de 9 de noviembre del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Oviedo dictada en autos de Procedimiento Abreviado 223/2020 propina un sonoro varapalo a la Administración del Estado a cuenta de las sanciones impuestas por dicha entidad a cuenta del estado de alarma. No es destacable ni novedoso el hecho de que la citada resolución judicial estime la demanda interpuesta por un ciudadano frente a la sanción impuesta, por cuanto ese camino ya había sido transitado previamente por otros órganos jurisdiccionales. Lo que llama la atención poderosamente son los durísimos términos con los que el Juzgado califica el proceder de la Administración, términos que, dicho sea de paso, son total, absoluta e indubitadamente merecidos; y si llama la atención no es por lo inmerecido de esos calificativos, sino por el hecho de que lamentablemente los jueces del orden contencioso-administrativo no suelen ser tan claros y…
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